¿Qué pasa con la semana santa en el aspecto laboral?, esta semana es una época por lo general vacacional, reflexiva y de descanso, pero en muchos sectores la industria no para, es por eso que, aunque muchas personas salen de viaje o descansan en casa, gran parte de la población trabajadora estos días debe asistir a cumplir con horarios laborales. Pero es qui donde surge la duda, ¿cómo se liquida el pago de estos días?, ¿toda la semana son días festivos o cuales están considerados como festivos? Aquí en Servidinamicos vamos a aclarar estas dudas para que tengas en cuenta lo que debes recibir como pago por trabaja en esos días.
- ¿Es obligatorio que las empresas den vacaciones en Semana Santa a sus empleados?
Aunque muchas empresas desde el lunes conceden toda la semana para descansar, la legislación colombiana en cuanto a este tema es clara: no hay obligatoriedad de conceder vacaciones durante esta semana. Sin embargo, todas las empresas en Colombia deben cumplir con los días festivos estipulados por ley.
- ¿Cuáles son los festivos de Semana Santa?
De acuerdo con la Ley 51 de 1983 los días festivos y libres de trabajo para esta semana son el jueves 17 de abril y viernes 18 de abril, estos días son reconocidos como festivos nacionales. Teniendo en cuenta que es ley de la República, las empresas deben atenerse a ella y no pueden obligar a presentarse a su lugar de trabajo a los trabajadores ni sancionarlos por no asistir a sus labores habituales.
Esto quiere decir que los trabajadores tienen derecho a descansar durante esos días sin que se les descuente de su salario. En el caso de que se determine trabajar durante esos días festivos, el empleador de la persona involucrada debe pagar el recargo correspondiente, que está indicado en el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo. Este recargo corresponde a un total del 100% sobre el salario ordinario del día trabajado.
- ¿Y qué pasa con los otros días de la semana?
Los días de la semana restantes, es decir, lunes, martes y miércoles son considerados como semana laboral, quiere decir que no son días de descanso obligatorio ni festivos. Eso significa que las empresas pueden operar con total normalidad. Aunque esto puede cambiar si el empleador así lo decide.
- ¿Cómo se liquida el salario en esta semana?
Según el artículo 173 del Código Sustantivo del Trabajo, el salario de jueves y Viernes Santo tendrá que pagarse siempre y cuando el trabajador haya asistido los días hábiles anteriores o posteriores. Si durante esos días hay una falla sin justificación, el empleador puede hacer que pierda ese derecho que le corresponde por ley.








